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Portada - Comentarios - Ley de Costas o conversión de propietarios en concesionarios

04/12/2006 - Francisco Moreno

Ley de Costas o conversión de propietarios en concesionarios

Si usted ha comprado o heredado un terreno o una vivienda en lo que el Estado considera su costa, no auguro un final feliz a su propiedad. El Estado central, en virtud del arrollador artículo 132 de la Constitución del 78 ha decretado mediante la correspondiente Ley de Costas de julio de 1988 su dominio exclusivo de toda la ribera y rías del mar (unos 7.700 kilómetros de costas españolas, incluidas las de los dos archipiélagos) por razones de "interés público" para su "mejor" conservación, protección y uso racional. Este es un monopolio más donde el Estado, tal y como ha sucedido también con el mar territorial, los recursos marinos, los recursos hídricos o todo el espectro radioeléctrico , ha decidido mantener fuera a la propiedad privada, como si ésta no usara, conservara o protegiera convenientemente sus posesiones.

Ya la antigua Ley franquista de Costas de abril de 1969 establecía un deslinde a partir del cual empezaba el dominio público de las costas. Lo curioso es que la democrática Ley de Costas de julio de 1988 ha ido más lejos: ha fijado un nuevo deslinde con su zona de servidumbre complementaria más ambicioso con respecto al del año 69, con el agravante de no contar la ley con una definición clara de hasta dónde llega su ribera y sus rías; su delimitación es ambigua y poco precisa. Esto pasa cuando el legislador trata arrogantemente de fijar o regular realidades que, por su propia naturaleza, están en permanente cambio como es, en este caso, el acceso del mar a las costas.

Una vez llevado a cabo el acto administrativo de deslinde artificial se confiscarán coactivamente las propiedades que hayan caído dentro de esta nueva demarcación estatal de interés público, que pasarán sin más a titularidad del Estado sin importar lo que diga el Registro de la Propiedad (art. 13). Además, en vez de establecer un expediente de expropiación individual por cada propiedad, la ley arbitrariamente establece una confiscación generalizada; y como "compensación" a los antiguos propietarios afectados (que muchos de ellos han obtenido su propiedad de forma totalmente legal), de la noche a la mañana serán convertidos en meros concesionarios de su antigua propiedad. Eso sí, el Estado graciosamente les dispensará de pagar cualquier canon al respecto (art. 69) por un período de treinta años. Dicha concesión podrá renovarse por otros treinta años más hasta, como máximo, julio de 2048. Esa es la fecha a partir de la cual su uso y posesión real pasará a manos del Estado (las concesiones administrativas tienen siempre fecha de caducidad).

Es verdad que todavía no se siente de forma aguda y generalizada este robo descarado, debido a que en muchas zonas costeras el municipio o la consejería de Medio ambiente y Ordenación territorial de la Comunidad autónoma respectiva (o incluso el particular interesado) no han promovido activamente aún la resolución administrativa del procedimiento del deslinde de titularidad pública (muchas autoridades locales hacen, por el momento, la vista gorda); pero no olvidemos que el primer plazo de renovación o no de estas concesiones, es decir, julio de 2018, dará ya la primera voz de alarma y que el definitivo fin de dicha concesión graciosa llegará en julio de 2048.

A esto se debe añadir otra ocurrencia legislativa: la zona de servidumbre de protección. La conforman los terrenos contiguos al deslinde, los 100 metros –tierra adentro– a partir de ese ambiguo deslinde costero trazado a lo largo de toda la ribera española, a los que podrán añadirse, al menos, otros 100 metros más por mera voluntad de la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento respectivos. Esto significa que, además, estos nuevos propietarios de los terrenos meramente colindantes habrán de someterse imperativamente a las reservas o restricciones impuestos por los poderes públicos, tales como prohibición de obras o vallado a la propiedad ya existente, límites a la edificabilidad futura, restricciones a su actividad, etc.

Todos estos abusos se traducirán en numerosos litigios futuros contra el Estado que llegarán a los Tribunales Superiores de Justicia de las CC.AA. y, a la postre, la agonía podrá desembocar en el Tribunal Supremo para ver confirmado el expolio.

Pero, además, hay un serio inconveniente para la defensa de los derechos de los propietarios en general cuando son atacados por los poderes públicos: La propiedad no está amparada por el Tribunal Constitucional (sólo cabe recurso de amparo en aquellos derechos definidos como fundamentales en la Constitución del 78 que van desde el artículo 15 al 29). La propiedad, regulada en el artículo 33 de la Constitución, no es considerada un derecho fundamental. Por tanto, después de emitida sentencia contencioso-administrativa desde la instancia superior, no cabrá, pues, recurso ante Tribunal Constitucional sino, como mucho, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (pobres propietarios de costa...).

Llegado el fatídico plazo de julio de 2048, el politiquillo local de turno no se contentará con presentarse sólo en bañador y con su carnet político, sino que lo hará acompañado con las fuerzas coactivas del Estado.

 

Opinión de los lectores

zuppi

Esas sí que son reformas constitucionales necesarias y no las que quieren los naiconalistas...

Roberto

Lo que yo me pregunto es, ¿bajo qué título de legitimidad decide el Estado que la costa, el mar territorial, o los recursos marítimos, por poner un ejemplo, son susceptibles de apropiación por una institución estatal?
Es algo que solo se puede entender desde una perspectiva infantil de la propiedad -"todo lo que veo es mío"- y desde una perspectiva positivista del derecho -"derecho es lo que diga el estado"-.

Bastiat.

Es que básicamente eso es así. Roberto.

Es el debate continuo sobre el derecho de propiedad. La propiedad es un bien otorgado por…. Dios? El Estado? El acuerdo?

Esas son las preguntas. La repuesta puede ser que la propiedad es un derecho reconocido a los hombres por los hombres sin que nadie pueda decidir más que de la existencia y del derecho y no de las condiciones en las que se da o se reconoce.

Pero hete aquí que el socialismo entiende que sólo lo que emana del pueblo, vía mediación del Estado, en el caso del socialismo dizque democrático, de lo que emana de los parlamentos y recogido en las constituciones, es lo que caracteriza a la propiedad. De ahí que se inventen eso de la función social de la propiedad. Ese mero artilugio semántico les permite eliminar el derecho de propiedad a conveniencia que es la mayor perversión del derecho de los hombres, es decir, la prostitución de la igualdad poniendo por encima de todos al Estado y a quienes de él se sirven para sus propios intereses. Sean cuales sean.

Por ello no estaría de más entrar en el debate de la relevancia del Estado y de la relevancia de la limitación del poder del Estado. Los Ancap, lo tienen claro, el Estado es el método por el cual el poder se establece por encima de los demás, por lo tanto es ilegítimo. Teniendo clara conciencia de la verdad de dicha afirmación no sería realista, como creo que en mas de una ocasión así me he manifestado, el conceder la viabilidad de dicho sistema puesto que los hombres, como acción humana propia, tienden a establecerse en agrupaciones en las cuales se adoptan determinadas normas de pertenencia y por añadidura se imponen, de tal manera que la libertad anarquista se queda en el papel pero no en la realidad.

Por tanto, ahondando en los argumentos, y porque creo que esa ha sido siempre la lucha de los liberales, la única razón de ser de una Constitución reside en la limitación del papel del Estado, de tal forma que éste no pueda, bajo ningún concepto ni usando ningún artificio incrementar sus funciones ni su capacidad de coacción. Es decir, sólo consagrando el derecho a la libertad a la propiedad y a la vida como armazón indiscutible de toda norma podemos estar a salvo de la potencia del uso de la fuerza legal del Estado.

¿Podemos estar a salvo?





No, ciertamente no.

Ciertamente no porque para que eso se dé tenemos que tener claro que estamos en una lucha continua entre la dichosa realidad y los deseos. La realidad es que el hombre ha inventando un sistema perverso que es la democracia por la cual los representantes elegidos son autoridad, independientemente de cuales fueran sus planteamientos, y una vez obtenido el poder, sólo dependen de tener contentos a sus votantes. Mientras eso sea así nada o poco se puede hacer.

Poco, desde luego, pero hay que hacerlo. Eso es la defensa de la libertad y el ataque continuo frente al totalitarismo travestido de democrático que atenta contra los derechos del individuo, la libertad, la propiedad y la vida.

Alber

Esta ley, básicamente lo que es, es una vergüenza, y castigo más, el enésimo contra los ciudadanos. Mi familia tiene muchos terrenos que serán afectados con esto, que le costaron mucho esfuerzo y sacrifico adquirir a mi abuelo. Y ahora nos los va a arrebatar así, por las bravas.

Cada vez estoy más convencido de que la tercera guerra mundial no será entre estados, sino una sublevación de los ciudadanos contra estos estados parásitos que nos ha tocado sufrir.

Fco. Moreno

Zuppi, Roberto y Bastiat, gracias por vuestras intervenciones. Me planteo también las mismas interesantes reflexiones que os hacéis. Es más, he oído incluso a abogados del Estado (que los tengo por los funcionarios mejor preparados de la Administración) decir tan tranquilos que la justificación del art. 132,2 de la Constitución es “garantizar” a todos que pueda accederse a toda la ribera del mar sin impedimentos de ningún tipo a lo largo de todo el perímetro costero español. Como si el ciudadano se viera impedido seriamente en sus derechos de disfrute y acceso al mar por el mero hecho de haber algunos propietarios en el litoral del mismo (tal vez se piense que es una vejación no poder uno hacerse andando todo el perímetro costero español –incluidas, para los más corajudos, el de las islas- porque tal vez se cambie la buena costumbre del Camino de Santiago, por la del Tour de la chancleta nacional).
Bromas aparte, cuando les oigo hablar así, no puedo evitar recordar al jurista Bruno Leoni cuando decía que el pensamiento liberal es escaso entre los juristas profesionales –pues están de alguna manera atados por su formación en el formalismo legal y estatista- y que fue más bien entre los economistas como pudo ir descubriendo el verdadero valor de la libertad (salvando todas las distancias, algo parecido me ha sucedido a mí con la Escuela Austríaca y con el propio IJM).
En el fondo lo que creo que hay en el espíritu del legislador es un recelo enorme por la construcción en la costa y su “degradación” (pronto se olvida, o se omite que toda la superficie construida en España no llega al 3% de la total, y que es lógico que en su mayor parte se concentre en las grandes ciudades y en la costa ¿o es que piensan que a suecos o británicos les da igual comprar y arrendar en los pueblos de la Meseta en vez de hacerlo, por ejemplo, frente al mar?). Hace poco un articulista del periódico polanquista, contrario (cómo no) a que se desarrolle el turismo en las costas patrias, escribía que lo peor había sido que habíamos vendido el Mediterráneo demasiado barato (seguro que si fuera por él declararía toda la costa española zona especialmente protegida para que los cangrejos, erizos y lapas puedan disfrutar de su hábitat a sus anchas). En fin las jeremiadas de siempre contra el desarrollo, perdón “desarrollismo”…

Alber, es cierto que es una vergüenza desposeer de derechos a un titular que ha obtenido su propiedad por justo título; ten la seguridad que van a ser mucho los afectados por esta ley como, por desgracia, dices ser tu caso. Creo que la mención que haces a una tercera guerra mundial es mucho, pero si estuviera en tu lugar no tiraría la toalla: me asesoraría bien con abogados y técnicos, intentaría conseguir una nueva concesión hasta el plazo máximo de julio 2048, para poder disfrutar de su posesión o sacarle algún rendimiento hasta entonces, y daría toda la batalla hasta llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos si fuese menester (no hay que dejárselo fácil al Estado cuando actúa así contra la propiedad). En todo caso, no me cabe duda que sabrás hacer por tu propio interés lo más apropiado tu caso concreto que comentas. Gracias por tu post.

Fco. Moreno

Por cierto, Bastiat, bien traído a colación lo de la “función social” de la propiedad. En la época de los griegos se distinguían los humanos entre helenos y bárbaros, en la Edad Media musulmana (hoy también) entre fieles e infieles, en la URRS entre proletarios y burgueses, etc. Hoy la especie se divide entre los que se creen el invento semántico socialdemo de la de la “función social de la propiedad” y los que no nos tragamos esa patraña. La única función social en la que creo es en la de la actividad innovadora y empresarial de personas y sociedades para enriquecerse y, de paso, mejorar la existencia de sus semejantes.

Bastiat

Con un pequeño retraso.

Francisco, cierto, coincidimos en que lo de la “función social de la propiedad” es una auténtica patraña. Pero la cuestión es ¿cuánta gente piensa que es un patraña?.

Piensa por un momento que en caso que nos ocupa, si un político vende con esa patraña de frase, que la propiedad tiene que estar supeditada al bien social y en este caso cualquier fulanito que ve que el poder político puede en nombre de “la función social de la propiedad”, patraña, impedir a un propietario hacerse cerca de la playa, donde probablemente él querría tenerla pero que no puede, aunque no sea mas que por que esas tierras en concreto ya son de otro, pues fíjate, lo mismo hasta le gusta.

Cierto es que sólo entendemos qué es lo que significa eso de la patraña esa de la Función Social de la Propiedad cuando nos perjudica, pero cuando nos beneficia, aunque perjudique gravemente a otros, hasta le parece bien. Por eso, porque lo de la patraña esa significa que muchos piensan que se benefician aunque perjudique gravemente a otros, a los menos, una minoría de propietarios que tienen lo que esos otros muchos, una inmensa mayoría no, por eso, las cuentas no nos salen.

Pero no nos salen porque no hay nadie en la esfera política española que defienda el derecho de propiedad frente al derecho de la masa a inmiscuirse en las propiedades de otros hasta desnaturalizarlas o simplemente tener facultades para expropiar lo que es de otro. Pero es que, además, hacemos un ataque a esas patrañas de forma incorrecta y la defensa de nuestras ideas es ineficaz. Es ineficaz y lo seguirá siendo si sólo nos centramos en los derechos de propiedad y no en las consecuencias de limitar esos derechos de propiedad. Y para hacer eso hace falta mucha pedagogía que entiendan los ordenanzas de los ministerios, el conductor del autobús o la portera de Cesar Vidal.

Desde el púlpito de la excelencia académica, desde el atril de una fundación de eruditos y recalificados liberales, unos mas que otros cuando entramos en bizantinas discusiones sobre los matices, desde la soberbia del que sabe frente a aquel que no se ha formado, por lo que sea, pero que al final vota, no estamos haciendo mas que rayas en el agua. Bonitas, elegantes, extensas, algunas veces demasiado, pero rayas en el agua al fin y al cabo.

Puede, y al menos me guía esa esperanza, por ello sigo aquí, que con el tiempo la gente espabile. Pero me altera la autocomplacencia con la que algunos enfrentan el problema.

¡ah! Por cierto, que ¿cual es el problema?

Bueno, esperaba que no me hicierais esa pregunta, que no os hicierais esa pregunta. El problema es la creciente pérdida de libertad que estamos padeciendo...

Pero vaya, tranquilidad, que lo mismo nosotros ni nos damos cuenta.

Un Saludo. Bastiat,.

Fco. Moreno

Bastiat, me temo que tu descripción sobre el “hacer rayas en el mar” cuando se defienden tesis liberales es, hoy por hoy, y por desgracia, cierta. No obstante pienso que foros como este del IJM y otros muy diversos (sobre todo en la red) pueden ir expandiendo este tipo de “evidencias” liberales entre los visitantes.

Tras la II G.M. nadie creía en la desaparición del bloque del Este… ¡pero sucedió!
En una entrevista que Guy Sorman hizo a Hayek durante la preparación de su libro de entrevistas “Los verdaderos pensadores de nuestro tiempo”, después de mencionarle lo del derrumbe del muro de Berlín, Sorman describió que Hayek dibujó una franca sonrisa mientras le respondía que no se podía esperar otra cosa de dicho sistema económico y que no le pilló, en absoluto, por sorpresa.

Por el momento me temo que, al defender la propiedad privada como derecho fundamental del hombre, somos para muchos unos redomados bárbaros, infieles, egoístas y burgueses al no creer en la moral comunitaria del socialismo (i.e.“función social de la propiedad”, entre otras muchas papanatas), pero esa amplia sonrisa de Hayek descrita por Sorman en su libro, te parecerá una tontería, pero me da mucha fuerza pese a que la abrumadora mayoría de opinión vaya por otros derroteros.
Gracias por tu acertada intervención. La insatisfacción que muestras en tu post es un muy saludable toque de atención. Un saludo.

Bastiat

Francisco, gracias por tu comentario y quizásme hace pensar deba lamentar el tono con el que me expreso. El desasosiego en los momentos políticos en los que estamos hace presa fácil en mi ánimo. Y quizás no debería de expresarme de esa manera.

Pero siendo cierto que lugares como éstos, a los que todos los días, varias veces, acudo para beber liberalismo y para debatir, cuando se puede, ideas y argumentos, así como Liberalismo y otros sitios, no hace mas que aumentar mis ganas de que esto cambie. El Muro de Berlín cayó por la acción decidida de hombres y mujeres que lucharon por la libertad, no sólo porque fuera fruta madura.

A día de hoy quedarnos sólo en estos instructivos lugares se me hace corto. A día de hoy en el que la manipulación de las masas es intensiva y constante. El conseguir que esas mismas masas puedan resquebrajarse en individuos independientes, con criterios independientes, propios, individuales, lejos del corporativismo, del comunitarismo, del sectarismo, del comunismo, es decir del socialismo real me parece una tarea que hay que hacer para que no se haga realidad lo que esa ya famosa frase dice: “los malos ganan cuando los buenos no hacen nada”, en este caso, y por respeto y reconocimiento a la labor que aquí y en esos otros lugares internáuticos se hace, habría que decir, “lo suficiente”.

Un saludo. Bastiat.

Rubet

Es la propia Constitución la que dicta que las costas son dominio público estatal (articulo 132). El gobierno se limitó a tomar posesión de ello, añadiendose para él, de forma poco discreta, las zonas de servidumbre, pero ¿no tenemos derecho a disfrutar todos de las playas y que no queden solo en manos de aquellos que puedan pagarlas?

Fco. Moreno

El artículo 132 de nuestra actual Constitución es casi estalinista (sobre todo los dos primeros apartados), no tiene precedente en la historia constitucional española ni en el Derecho comparado. En lo que se refiere a las costas, se “nacionalizan” todas por dicho artículo y se declaran como bienes de dominio público. Tales bienes están fuera del tráfico jurídico privado y son indisponibles (esto es, son inalienables, imprescriptibles e inembargables). Si la Constitución en esta materia hubiese sido menos arrolladora, sus hijas (la Ley de Costas y su Reglamento correspondiente) hubiesen salido, sin duda, menos intervencionistas.

En cuanto a las playas (que no dejan de ser una parte del litoral) en principio no veo problema en asignar, por acto administrativo no por un acto constitucional, parte de las existentes en la ribera marítima a su uso público; pero no veo por qué no ha de permitirse que haya otras playas que sean privadas (sobre todo si ya existe título legítimo de propiedad) para su uso exclusivo o para su uso remunerado. El marco jurídico actual está totalmente estatalizado.

Eso tiene que ver mucho con la pública ordenación territorial y la decisión centralizada y en exclusiva de dar o no el visto bueno para urbanizar desde las esferas del poder político (siempre “sabio” y “conocedor” de nuestras necesidades todas).
Cualquiera de los dos modelos principales europeos de ordenación territorial que se aplique en un territorio, bien sea el modelo fuertemente centralizado (caso de Francia o Reino Unido) o bien el modelo más descentralizado a partir de modelos concretos de ordenación territorial subestatales (caso de Alemania, Suiza, Italia o la propia España), todos obedecen al mismo principio del monopolio estatal de la calificación en exclusiva del uso del suelo, incluido el costero (ningún terreno es urbanizable salvo que así sea calificado expresamente por la Administración correspondiente).

¿Por qué no aplicar el principio contrario que existe en buena parte de los EE UU, esto es, que todo terreno es urbanizable salvo que lo prohiba expresamente la Administración correspondiente por el motivo de interés público que se considere razonablemente oportuno?
Con ello no estoy diciendo que el estado pierda totalmente su control sobre el territorio. En concreto, en la costa habría seguramente necesidad de reservar parte del litoral para la defensa nacional o por motivos de ecología bien entendida (pero decretar absolutamente toda la costa de domino público, lo encuentro francamente excesivo).

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