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Portada - Comentarios - ¿Puede el Derecho sobrevivir al Estado?

22/12/2005 - Juan Ramón Rallo

¿Puede el Derecho sobrevivir al Estado?

Uno de los rasgos más característicos de nuestra época es la muy difundida idea de que el derecho es un conjunto de normas que el poderoso impone al débil. No importa tanto su contenido como el acto de fuerza por el que prevalece; su rasgo característico es la coacción, no la utilidad de las normas. Lo más curioso del argumento es que, al momento que ponen el acento en la irrelevancia de su contenido y en la necesidad de imponerlo por la fuerza, aseguran que el derecho es la precondición de una sociedad libre: sin normas no hay mercado.

En otras palabras, estos teóricos socialistas del Derecho consideran que la sociedad nace de las relaciones coercitivas implantadas por un jerarca supremo. Sin una mente consciente, respaldada por un ejército, no hay normas y sin normas no hay relaciones.

La realidad es bien distinta; la acción humana libre y su propiedad deben marcar el comienzo de todo análisis teórico e histórico. Las relaciones anteceden necesariamente a las normas, de hecho, las normas son fruto de las relaciones. Una norma no es más que una expectativa a que otro individuo actúe de una forma determinada, expectativa que puede surgir de las promesas (ius –derecho en latín- proviene etimológicamente de iurare, jurar) o de las costumbres, esto es, de comportamientos idénticos pasados.

Si la tesis socialista fuera cierta, es decir, si la propiedad privada naciera de un ordenamiento previo estatal, no queda claro cómo ese Estado podría haber llegado a nacer. ¿De dónde hubiera obtenido los ingresos para pagar a los soldados, a los funcionarios y a los jueces, si no existían propiedades que gravar?

En verdad, los socialistas sólo pretenden justificar que la propiedad privada es un privilegio concedido por el Estado a los individuos, gracias a su legislación y a su protección policial y, por tanto, un privilegio que está subordinado a todas las eventualidades y cambios que su garante quiera infligirle.

Pero, como hemos visto, la propiedad privada y la acción humana son necesariamente anteriores al Estado y, cabe decir con certeza, que son la base de todo ordenamiento jurídico. Las normas no crean la sociedad, sino que la sociedad da paso a unas normas en continua evolución. Como dice Paolo Grossi: “La praxis construye día a día su Derecho, lo plasma y lo modifica según las exigencias de los lugares y los tiempos”.

Quienes quieren establecer una tajante distinción entre sociedad y derecho, creando una fuente autónoma de sabiduría normativa, olvidan que impedir a los individuos crear derecho a partir de sus hechos resulta equivalente a impedirles actuar. Un derecho de origen socialista sólo puede terminar en una sociedad completamente reglamentada y esclavizada.

El derecho no es un conjunto de mandatos revelados, sino de prácticas previsibles útiles para alcanzar los fines individuales a través de la cooperación humana. El Estado a través de sus mandatos coactivos sólo desplazada esos lazos voluntarios y cooperativos, destruyendo en la práctica la institución jurídica. De la misma manera que la planificación económica erradica el mercado, la planificación jurídica presente extermina el derecho.

El Estado de Derecho no requiere de un Estado para garantizar un estado (una situación) de derecho. Más bien, podemos asegurar que sólo sin Estado podremos empresarialmente descubrir el mejor derecho.

Y es que, si como hemos visto, la propiedad privada y la libertad son el origen del derecho, resulta iluso creer que un organismo que se asienta sobre la permanente violación de la propiedad privada y de la libertad pueda crear otra cosa que un derecho violentado y corrupto.

 

Opinión de los lectores

Francisco Moreno

En el Derecho romano, la mayoría de sus leyes no eran mandatos dirigidos a los ciudadanos a realizar ciertas conductas sino que eran guías muy estimadas por jueces y jurisconsultos (“abogados” privados de reconocido prestigio) para saber cómo solventar un litigio que se les planteara como consecuencia de una desavenencia entre personas en un caso concreto. El pretor o el iudex (el que dice la ley) y, normalmente, con el asesoramiento previo del jurisconsulto (perito en Derecho) se esforzaban para solventar el conflicto planteado de forma “equitativa” y se adecuara, por tanto, a los usos o Principios generalmente aceptados en sociedad (eso era hacer Derecho, con mayúscula).

No es de extrañar, por tanto, que el Derecho romano se centrara en principios u orientaciones de derecho civil privado que afectaban a la propiedad, a la familia, a los contratos y a sus derechos y obligaciones que voluntariamente se contraían. Es decir, a toda la actividad humana conocida en aquel tiempo. Apenas hubo legislación impuesta desde el poder imperial (salvo cuando se refería al fisco); el Derecho, en su casi totalidad, surgía de la realidad social.

Con el desarrollo del comercio europeo entre los siglo XI al XV, los mercaderes y comerciantes de las ciudades medievales fueron aplicando unas prácticas y unas instituciones de derecho mercantil (sociedades mercantiles, medios de pago nuevos…) muy útiles para sus relaciones comerciales dentro y fuera de sus fronteras (en el Derecho romano existió un ius gentium para las relaciones con extranjeros, pero formaba parte éste de su cuerpo civil) y el Derecho mercantil fue asentándose como una rama diferenciada del Derecho civil. El Derecho evolucionaba según las necesidades de la gente (a espaldas del Estado).
Con todo y con ello el Derecho romano fue derecho común supletorio en toda Europa hasta bien entrado el siglo XVIII. Los déspotas ilustrados, en su fanática propensión a reformar y a solucionar los problemas de sus súbditos con legislación impuesta “desde arriba” recelaron pronto del Derecho romano siendo prohibida su enseñanza en las universidades (la época “iluminada” así lo exigía).

La Revolución francesa retomó esta “noble” propensión a crear Derecho desde el poder con su fanatismo de aplicación de justicia cósmica universal… y sus efectos, desgraciadamente, todavía los padecemos.
El Derecho (y sus leyes) perdieron protagonismo frente a la Legislación (y sus numerosos mandatos y decretos).

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