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Portada - Comentarios - Ludwig von Mises y el Código del Buen Gobierno

07/02/2006 - Antonio Nogueira

Ludwig von Mises y el Código del Buen Gobierno

El Código de Buen Gobierno auspiciado por la CNMV introduce la arbitrariedad gubernamental en las empresas que cotizan en Bolsa. Es posible que en muchos consejos de administración se cometan abusos contra los intereses de los accionistas, legítimos propietarios de ese tipo de sociedades; pero este Código, aunque voluntario, tiene un carácter intervencionista que puede incluso terminar neutralizando la propia función empresarial.

En el Código aparecen algunas medidas plausibles que quizá limiten la negra mano del riesgo moral, como son la divulgación de las retribuciones de los altos ejecutivos, la comunicación confidencial de irregularidades y la severidad en la responsabilidad civil de los administradores desleales. Otros aspectos son claramente inquietantes, a saber: la creación de un Foro Electrónico de Accionistas supervisado por el Estado, la recomendación de limitar la facultad de impugnar acuerdos por parte de los accionistas (art. 17 LSA), la muy delicada cuestión de la diversidad de género en los consejos y la ratificación por la Junta General –aunque no lo exija expresamente la ley– de la transformación de sociedades cotizadas en compañías "holding", probablemente con afán de entorpecer las facilidades fiscales que éstas llevan consigo.

En cualquier caso, la piedra de toque del Código es la cuestión de los denominados consejeros independientes, próxima carrera hacia el favoritismo estatal. Dice el Código que "los consejeros independientes será elegidos de entre personas de reconocido prestigio y acreditada independencia e integridad personal y profesional" y establece a continuación una serie de cautelas insuficientes que no soslayan el contenido gubernativo del proyecto. De hecho, salvo excepción, un pesado silencio, entre cómplice y resignado, domina en las sociedades del IBEX-35 acerca de este asunto. ¿Quién definirá los grados de independencia de los consejeros electos? Puesto que el Código deja a la responsabilidad de la sociedad cotizada seguir o no sus recomendaciones, pero le exige que, cuando no las cumpla, explique el motivo... ¿no pretenderán las empresas ganar la protección oficial pactando los consejeros independientes, con el fin de evitar la delación pública? ¿Será el propio Estado, junto a sus aledaños, el principal oferente en este nuevo mercado de candidatos idóneos?

Referente a la intervención administrativa en la elección del personal burocrático de las empresas privadas, Ludwig von Mises dice en Burocracy (1944) lo siguiente:

"Toda injerencia del Estado en la actividad de la empresa privada produce desastrosas consecuencias…Con la creciente intervención del Estado en los negocios se hizo necesario nombrar directivos cuya principal tarea consistía en remover las dificultades que podían poner los poderes públicos…ninguna compañía podía permitirse el lujo de tener al frente a un hombre mal visto por la administración, por los sindicatos obreros y por los grandes partidos políticos. Se consideraba a los antiguos funcionarios, directores generales y consejeros de los diversos ministerios como los más cualificados para desempeñar las funciones directivas dentro de la empresa.

Tales directivos no se cuidaban en manera alguna de la prosperidad de la compañía. Estaban habituados a la organización burocrática y modificaban en consecuencia la marcha de los negocios de la empresa.¿Para qué tomarse el trabajo de producir mejor y más barato, si se puede contar con el apoyo del Estado?”

En la citada obra, Mises explica que la diferencia esencial del Estado con respecto a las empresas es la inexistencia del cálculo económico en las actividades públicas. Por ese motivo, Mises incluso rechaza la aplicación de técnicas empresariales en la Administración, ya que no servirán para nada. Las razones del autor son clarividentes: no puede solicitarse al Estado aquello que por su naturaleza no puede dar. Los negocios vigilados por el Código se aproximarán a la motivación estatal. ¿Para qué seguir insistiendo en la perspicacia y el vigor en los negocios, si los consejeros fieles al canon pueden lograr la comprensión gubernamental, en detrimento de otras sociedades indóciles o no cotizadas? Es la hora mejor de los ventajistas. El Código del Buen Gobierno trae pocas cosas buenas. El profesor vienés lo anticipó. La empresarialidad comenzará a menguar.

 

Opinión de los lectores

Gonzalo Melián

Antonio el código del buen gobierno queda bien claro que trae más cosas malas que buenas. Pero, ¿si el código hubiera traído más cosas buenas que malas o ninguna mala tú hubieras estado a favor del código o por lo contrario hubieras estado en contra por la naturaleza del mismo?

René Guerra

Es difícil que algo pueda traer "cosas buenas" si el dinero que está en juego es ajeno. El Código del Buen Gobierno, no cumple con este requisito. En cuanto a valorar si trae más cosas buenas que malas o viceversa, el parecer de cualquiera no es demasiado relevante, más simple sería su evaluación en el mercado mediante las elecciones que hagan todo tipo de actores al respecto. Pero esta no es la idea, se trata de ejercer presión. Aún si se aceptara que es "bueno" hoy, debería rechazarse, no por principio, sino porque se trata de una estafa, lo que se pide es aceptación ahora y para siempre. Aceptamos que ante una fractura el ortopédico nos entablille el brazo de manera temporal, pero otro sería nuestro parecer si el entablillamiento fuese para toda la vida y el código se parece más a entablillar para siempre un brazo sano.

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