La APM solicitará se dictamine como inconstitucional la imposición de bloques electorales en las televisiones de España:
1.- La Asociación de la Prensa de Madrid (APM), instará al Defensor del Pueblo, a que presente un recurso de inconstitucionalidad contra la reciente reforma de la ley electoral, en virtud de la cual se imponen a las televisiones la emisión de bloques de propaganda electoral, con reparto proporcional de los tiempos entre los partidos conforme a los votos de las elecciones anteriores. “La Junta Electoral se convierte en redactor jefe, en editor de los telediarios, puesto que el criterio editorial se impondrá desde fuera y los periodistas se convertirán en contadores de minutos”, aseguró González Urbaneja durante el almuerzo conmemorativo del patrón de los periodistas, San Francisco de Sales, celebrado el 24 de enero.
“No imaginaba que esta iniciativa legislativa [que incluye la imposición de bloques electorales] se pudiera convertir en ley, pensaba que alguien con sentido común mandaría a la basura ese apartado 2 del artículo 66 de la ley electoral; incluso que se revisaría el punto primero de ese artículo que afecta a las televisiones públicas”, añadió el presidente de la APM. “No ha ocurrido, los legisladores se han olvidado de la Constitución”, explicó.
González Urbaneja invitó a los directores de los informativos de las televisiones y a los periodistas de estas redacciones a que den “una respuesta profesional a este disparate, que tendrá que pasar por una revisión a fondo de la información política y electoral”. Asimismo, abogó por la vuelta al periodismo profesional y al alejamiento de fuentes interesadas.
2.- FAPE (Federación de Asociaciones de Periodistas de España) rechaza cualquier intento de control político en las televisiones, públicas y privadas.
A juicio de esta Federación, el acuerdo alcanzado entre PP y PSOE, por el que los bloques electorales incluidos en los informativos de las televisiones privadas aplicarían la misma proporcionalidad en función de los resultados de anteriores comicios, constituye un claro atentado contra la libertad editorial y de programación de las empresas.
Para la FAPE, la intención de los partidos políticos de imponer bloques electorales en las cadenas privadas es un claro intento de convertir la información libre en un altavoz de mensajes políticos, cronometrados y de dudoso interés para las audiencias.
La FAPE interpreta este pacto como un claro empeño de anular la profesión periodística, que ya es lo suficientemente vapuleada en la cobertura electoral con la convocatoria de ruedas de prensa sin preguntas, la distribución de productos 'enlatados' y la obligación de conectar con la señal oficial del partido político de turno en muchos de los actos electorales.
Por esto, la FAPE exige a los partidos políticos que revisen el texto del acuerdo, destinado a convertirse en proposición de ley, y no traten de coartar el derecho de la ciudadanía a recibir información libre y veraz.
3.- El férreo control sobre los medios de comunicación, nos aproxima cada vez más a una versión europea de "DICTABLANDA" refrendada cada 4 años, y gobernada en alternancia por dos partidos intervencionistas, en alianza con las castas políticas nacionalistas de las Autonomías (o Reinos de Taifas).
4.- Amplia información al respecto en Libertad Digital en el artículo "La nueva ley electoral, ¿otro ataque a la libertad de información en España?:
El Senado aprobó el pasado miércoles con 235 votos a favor y tan sólo cinco en contra la nueva ley electoral, que databa de 1985. PSOE, PP y nacionalistas vascos y catalanes han hecho posible que salga adelante sin problemas.
Sin embargo, tras esta aprobación por vía urgente se esconden importantes aspectos. Uno de ellos se dará en las televisiones privadas, ya que esta ley les obligará a estar sometidas a los mismos dictados de pluralidad y neutralidad que supuestamente deben respetar los medios públicos.
4.1. El segundo punto del artículo 66 de la ley establece:
"Durante el período electoral las emisoras de titularidad privada deberán respetar los principios de pluralismo e igualdad. Asimismo, en dicho período, las televisiones privadas deberán respetar también los principios de proporcionalidad y neutralidad informativa en los debates y entrevistas electorales así como en la información relativa a la campaña electoral de acuerdo a las Instrucciones que, a tal efecto, elabore la Junta Electoral competente."
Las televisiones privadas estarán sometidas al control público. Según recoge el blog Contando Estrelas, las Juntas Electorales podrán programar y controlar los contenidos de las tertulias y las entrevistas que tengan alguna relación con las campañas electorales que se vayan a producir en ese momento. Pero igualmente, las informaciones que se emitan en los informativos se verán afectadas por esta medida puesto que deberán respetar la supuesta neutralidad que establezca el poder público.
4.2. En este sentido, este aspecto de la ley y el artículo 20 de Constitución podrían entrar en colisión puesto que la Carta Magna establece el derecho a:
"expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción" e igualmente a "comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión".
Las televisiones privadas, principales perjudicadas por la LOREG, han denunciado "el ataque" a los derechos fundamentales. Según recoge Europa Press, la UTECA, Unión de Televisiones Comerciales Asociadas, asegura que "no estamos únicamente ante un ataque a los medios de comunicación, estamos ante un ataque a derechos fundamentales como los de expresión e información".
El secretario general de la Uteca, Jorge del Corral, señaló que ya es chocante porque una televisión pública debería ser pública todos los días del año, no sólo los 20 días de cada campaña electoral", pero ha añadido que someter "ahora también a las privadas es despreciar la libertad de prensa".
"Se empieza por las televisiones y se puede continuar, piano piano, por las radios privadas y por los periódicos privados, sean éstos en soporte papel o en digital", ha apuntado.
Además, indicó que utilizar como argumento para introducir en la Ley Electoral esta limitación a las televisiones que lo ha pedido la Junta Electoral Central y que hay una sentencia del Supremo que lo permite es "una patraña" porque, a su juicio, si lo que se quería era aclarar la "indefinición" existente, hubiera bastado con decir en la Ley que "en ningún caso las televisiones privadas ni el resto de medios de comunicación privados se someterán a las normas que dicte la Junta Electoral competente para los medios de comunicación de titularidad pública".