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Portada - Comentarios - Derecho natural

20/07/2006 - Francisco Capella

Derecho natural

Para algunos pensadores el concepto de derecho natural es absurdo porque el derecho ni está en la naturaleza ni es natural. Su error proviene de confundir distintas acepciones del concepto de lo natural y la naturaleza.

Si se considera que la naturaleza está constituida por la materia inorgánica (rocas, agua, aire…) y los seres vivos (bacterias, protistas, plantas, animales…) excepto los seres humanos, entonces efectivamente el derecho no es natural en este sentido. Ni las piedras ni los árboles ni las garrapatas utilizan leyes prescriptivas que coordinen de forma adecuada su comportamiento conjunto.

El derecho es un fenómeno humano, artificial, una construcción mental, cultural y lingüística que permite regular la convivencia social de las personas. Algunos animales sociales con cerebros sofisticados tienen sentimientos morales básicos que facilitan su supervivencia conjunta (y que son el germen evolutivo del derecho), pero carecen de la sofisticación intelectual y lingüística necesaria para reflexionar y argumentar sobre sus normas de conducta de unos respecto a otros.

Pero el ser humano no es sobrenatural, no es ajeno a la realidad física, química y biológica, en realidad es una parte especial de la naturaleza capaz de crear, imitar y producir cultura. El derecho es así en cierto modo también natural, sólo que restringido a un ámbito limitado de la naturaleza, el dominio de lo específicamente humano.

Lo natural se refiere también a lo que se corresponde con cierta naturaleza de las cosas. Tiene sentido hablar de la naturaleza de las entidades que existen en la realidad: son sus rasgos comunes esenciales que los distinguen de otras cosas y que los agrupan en una misma clase (su composición, su estructura, sus interacciones con otras cosas, su comportamiento). La naturaleza humana puede ser conocida de forma científica mediante la praxeología (estudio formal de la acción intencional), la psicología evolucionista (investigación evolutiva de los múltiples subsistemas cognitivos y emocionales de la mente humana) y la memética (análisis evolutivo de la cultura).

El derecho natural no se refiere a la implacable ley de la jungla (típico arquetipo de naturaleza contrapuesta a la ciudad humana) según la cual el fuerte se come al débil, ni a las normas que hipotéticamente hubieran cumplido los presuntamente bárbaros ancestros humanos en el llamado estado de naturaleza antes de socializar y civilizarse.

El derecho natural, ética o iusnaturalismo se refiere a las normas (derechos y deberes, opciones, prohibiciones y obligaciones) adecuadas para la convivencia social y el progreso de los seres humanos: dada la naturaleza humana, no todos los sistemas legales son igualmente convenientes, igual que una bicicleta de montaña y una de carretera son más adecuadas en entornos diferentes, e igual que si un aparato funciona con pilas eléctricas no le echas gasolina. Se trata de leyes generales para todos los seres humanos, porque comparten una misma naturaleza universal, y no sólo de unos pocos en un lugar y tiempo concreto (derecho convencional). Son leyes que no necesitan ser reveladas por ninguna inexistente divinidad reguladora omnipotente, ni tampoco impuestas por déspotas paternalistas: sus contenidos pueden estudiarse mediante la razón humana (y la exploración empírica competitiva donde la razón no da más de sí), y su concepto fundamental es el derecho de propiedad.

La falacia naturalista consiste en inferir erróneamente que lo que hay en la realidad (en la naturaleza) es justo: es una idea absurda, ya que deja sin sentido el concepto de derecho y justicia, al no haber realidades contrapuestas (cosas injustas o que no se ajustan a derecho). Pero el deber ser puede inferirse del ser si se hace de forma inteligente: se conoce lo que el ser humano es para estudiar qué normas de conducta le convienen, y eso es la ciencia ética.

El complejo orden espontáneo de la sociedad libre moderna no parece natural a muchas personas, y es normal: sus instintos genéticos e intuiciones irreflexivas están ajustados para la supervivencia de los ancestros humanos en grupos pequeños, estáticos, permanentemente amenazados, con pocas posibilidades de acción y con escasa acumulación de riqueza y capital. Ahora vivimos en un mundo muy diferente, y la razón crítica puede compensar intuiciones erróneas nocivas.

 

Opinión de los lectores

Adolfo

No acaba de cuadrarme el concepto de derecho natural desde el punto de vista liberal. Ni tampoco el derecho positivo, por supuesto.

Más me parece que el tal derecho natural realmente no existe. Existimos las personas, con nuestras capacidades, nuestra voluntad y nuestro poder.

Los estados usan del derecho para organizarse y también para imponer sus criterios más o menos concordantes con las necesidades de sus ciudadanos. Les gusta decir que tal derecho tiene conexión con el natural, realmente les converndriá alguna justificación de ese tipo, pero yo creo que la realidad es otra.

agolmar

Los positivistas como el profesor Peces Barba hacen esa crítica, sin duda acertada, para a continuación afirmar que no existen más derechos que los reconocidos por el Estado, ni más libertades que las toleradas por el Leviatán.
La razón humana no es infalible, como tampoco lo es la tradición, y los catecismos positivistas, como demuestra la historia del siglo XX, han llevado con frecuencia al desastre.
Ese punto medio que pareces buscar es el que en parte rige el actual sistema legal español, aunque a mi juicio está un poco sesgado hacia el positivismo.

María

Adolfo, el tal Estado puede usar el tal Derecho como papel higiénico, y buscar forzadamente su conexión con la vida extraterrestre, pero eso no quiere decir que el tal Derecho Natural no exista, tal y como nos cuenta el tal Paco. Las personas existimos y las normas generales que nos inventamos para convivir también, y se llaman Derecho, como yo, persona con mis capacidades, mi voluntad y mi (escaso) poder, me llamo María.

Paco, a mi me parece un poco limitado considerar exclusivamente la memética, la psicología evolucionista y la praxeología como las fuentes de conocimiento del ser humano, con lo complejos que somos, a lo mejor lo de cerrar puertas no es una buena ideas, y tal y como lo escribes, lo parece. Y me parece peligroso dejar a la Razón (que sabes que cuando se duerme engendra monstruos) el papel protagonista. Sobre todo por lo fácil que es de manipular y desfigurar por gente que apenas la conoce, curiosamente.

wg

En otras palabras: los topos y las hormigas no tienen derechos naturales sencillamente porque no saben hablar. Si hablaran, tendrían sus filósofos, psicólogos y juristas, y encontrarían sus "rasgos comunes esenciales" [i.e., la "naturaleza" topiana u hormiguesca], encontrarían "las normas más convenientes" para el desarrollo de "la naturaleza" topiana u hormiguesca... y finalmente nos dirían: Los topos y las hormigas tenemos derecho natural a esto, a esto otro y también a lo de más allá [por ej, derecho a no ser expulsados de sus madrigueras y nidos].

Pero como no hablan...

Este rollo (absurdo) del iusnaturalismo no es la ley del más fuerte. Es la ley del más listo.

wg

María

Las hormiguitas, las abejitas y otros animalitos, tienen su lenguaje y se comunican mediante códigos que ignoramos (y por eso algunas personas los estudian). Creo que los topos no son de lo más sofisticado, me parece que los delfines lo son más, pero me da igual, si te gustan los topos, fenomenal.

Por eso desarrollan sus normas de convivencia, echan o aceptan a otras abejitas de la colmena... En cierto sentido, creo que tienen su "derecho". Eso sí, que yo sepa, no lo han pensado, ni articulado por escrito. Lo transmiten por instinto, porque es beneficioso para la pervivencia de la comunidad... Otra cosa es si cuando yo meto mi manaza en su colmena y les robo la miel estoy transgrediendo su "código de normas", o si sus normas y las mías están en conflicto, y en ese caso, qué pasa. Claramente ya puestos prefiero sobrevivir yo.

¿Lo del derecho natural es un rollo absurdo? Todo lo que se acerca a los fundamentos (en general) parece un rollo absurdo y es lo más importante. Solo que a veces no es evidente. Eso no quiere decir que no sea necesario.

wg

Es que el argumento de Capella puede aplicarse a topos, hormigas y otros animalitos. También los topos tienen "rasgos comunes esenciales". Y también pudiéramos encontrar las "normas adecuadas para la convivencia y progreso" de los topos. Cumplen con esas dos condiciones que pone Capella. Sólo les falta poseer "la sofisticación intelectual y lingüística necesaria para reflexionar y argumentar". Es decir, pensar y hablar.

Lo absurdo... mejor dicho: lo arbitrario... es que Capella concede derechos naturales sólo a la especie que puede pensar y hablar. ¿Por qué no los concede, p ej, a las especies que pueden volar, o correr a 80 km/hora, o respirar bajo el agua, etc? ¿Qué tiene de maravilloso o sobrenatural el poder pensar, que no lo tenga el volar o repirar bajo el agua? Lo de los iusnaturalistas es totalmente arbitrario: niegan derechos a las otras especies sencillamente porque así se les antoja.

Y que conste: no soy de la sociedad protectora de animales.

María

¿Qué tiene de especial pensar que no lo tenga volar o respirar bajo el agua?
Pues que pensando puedes aprender a volar o a respirar debajo del agua, aunque no tengas esa capacidad innata.
Yo no he interpretado a Capella exactamente así. Tendré que pensar sobre ello.

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