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Cuando la libertad es ilegal

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¿Estamos compelidos a acatar ciegamente las leyes del Estado democrático? ¿Cabe defender desde el liberalismo la aplicación y el cumplimiento de la legislación vigente con independencia de cuál sea su contenido?

De acuerdo con la ética liberal es injusto iniciar la fuerza contra un individuo, esto es, interferir violentamente en el uso pacífico que hace de su cuerpo y sus bienes. En oposición, decimos que es justo emplear la fuerza sólo como respuesta a una agresión previa. No obstante, la legislación actual no se conforma en absoluto a estos parámetros; la legalidad entra a menudo en conflicto con los derechos individuales y con frecuencia sólo puede aplicarse en detrimento de estos. Comerciar con drogas, cooperar en el suicidio de una persona, pagar salarios en negro, favorecer la inmigración clandestina de trabajadores, discriminar en la contratación, portar un arma, emplear prostitutas con ánimo de lucro, destruir una posesión propia de "utilidad social" o "cultural", construir una edificación en suelo no urbanizable, derribar o alterar un inmueble privado protegido, denegar el auxilio… son delitos tipificados en el código penal, y sin embargo se trata de actividades pacíficas cuya sanción implica iniciar la fuerza contra individuos que no han agredido a nadie.

A primera vista parece obvio que secundar la aplicación de estas leyes es incompatible con una defensa coherente de los principios liberales, pero algunos introducen aquí una sutil distinción: aunque en un plano filosófico uno puede estar en contra de numerosas normas legales, el liberalismo exige que en una sociedad democrática la ley se cumpla y se aplique escrupulosamente. De este modo, pueden criticarse las leyes vigentes y pujar en la arena política para reformarlas, pero en tanto existan deben acatarse y ejecutarse con rigor. Esta visión idealista en la teoría y legalista en la práctica no supera, con todo, la íntima contradicción a la que aludíamos.

Si la ética liberal proscribe el inicio de la fuerza y la legislación estatal entraña el inicio de la fuerza, exigir la estricta aplicación de la ley supone defender el inicio de la fuerza en menoscabo de dicha ética. No hay ninguna tercera vía. Da igual que la legislación emane de un parlamento o sea la expresión caprichosa de un monarca: si su contenido es contrario a la libertad, su incumplimiento es legítimo y su aplicación, injusta. Incluso los legalistas más acérrimos se negarían a secundar una ley democrática que obligara a delatar a los fumadores para que se les aplicasen latigazos. Por lo mismo todos aceptaríamos puntualmente la aplicación de la legislación estatal para castigar un asesinato o un secuestro, aunque aquélla surgiera de un gobierno autocrático. La cuestión no es, por tanto, si la articula un congreso o un dictador, sino si se ajusta o no a los principios a que debería atenerse.

Esta posición legalista puede derivar en parte de la perversión de conceptos como "ley", "derecho" o "imperio de la ley". En estos tiempos de confusión semántica en los que se llama justicia social a la injusticia lo que se conocía como "derecho" o "ley" ha pasado a convertirse en sinónimo de "legislación" o "mandatos coactivos". El derecho tradicionalmente ha sido un cuerpo de normas o leyes espontáneas encaminadas a proteger la esfera particular de cada individuo de las interferencias ajenas. De esta suerte el derecho, tal y como lo entendían los romanos y los ingleses, no es una amalgama de regulaciones contingentes que deben promulgarse sino más bien unas pautas de convivencia que deben descubrirse, pues están implícitas en la naturaleza de las cosas. Así, con respecto a la legislación estatal a menudo no cabe hablar de derecho en el sentido descrito, sino de simples mandatos coactivos, órdenes que buscan imponer la voluntad de unos sobre otros, interfiriendo en esa esfera individual que precisamente las leyes están llamadas a proteger. Como dijera Bruno Leoni: "con lo que nos enfrentamos hoy a menudo es nada menos que con una posible guerra legal de todos contra todos, llevada a cabo con las armas de la legislación y la representación". Por este motivo es importante distinguir entre la ley o el derecho, surgido consuetudinariamente con el objeto de salvaguardar la integridad física y la propiedad de las personas, y la legislación estatal fundada en la agresión sistematizada en pro de intereses parciales y artificiosos óptimos sociales.

Desde de la prudencia puede haber buenas razones para acatar la legislación, pero una cosa es acatar la legislación por cuestiones prácticas y otra exigir que los demás hagan lo mismo o defender su estricta aplicación. En coherencia con los principios de justicia que afirmamos defender no sólo debemos rechazar este legalismo sumiso, también debiéramos defender como justa la amnistía para todas aquellas personas que están entre rejas por cometer crímenes sin víctima, que son muchas más de las que nos imaginamos. Por poner un ejemplo ilustrativo, en Estados Unidos cerca del 55% de los presos federales han sido condenados por delitos relacionados con la compra-venta de drogas. En España un tercio de la población reclusa ha sido condenada por el mismo delito. Esta situación sí es un crimen flagrante, no el que supuestamente han consumado estos individuos, que no han agredido a nadie.

Estamos obligados a no atentar contra la vida y la hacienda de los demás, ¿de qué modo este precepto se transforma en el cumplimiento ciego de la legalidad estatista? Sólo si la legislación se identifica con el respeto a los derechos individuales tiene sentido exigir el cumplimiento de la ley. Lo contrario es sacrificar la libertad en el altar de la legalidad.

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