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El problema de la autoridad política (III): la autoridad de la democracia

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El simple hecho de que una norma crea obligaciones políticas no justifica imponer esa norma al resto.

En los últimos meses he estado reseñando el magnífico libro de Michael Huemer The problem of political authority; en concreto, hasta el momento he analizado por qué los Gobiernos no deberían tener ningún tipo de autoridad política por encima de los individuos, sin embargo, estos últimos le confieren al Gobierno legitimidad política, quedando obligados a cumplir sus ordenamientos y leyes, por mucho que puedan ser moralmente rechazables.

Algunos autores han defendido esa autoridad política en base al contrato social, esto es, una especie de acuerdo entre la sociedad y el Gobierno por el cual se establecen una serie de derechos y obligaciones con respecto al Estado y al resto de individuos que conviven en una determinada comunidad política. Si bien, existen problemas evidentes para poder dar validez de forma explícita a un acuerdo de tal magnitud, y ni tan siquiera de manera implícita la situación sería diferente.

Superar este obstáculo ha conducido a las teorías del contrato social hipotético, esto es, aunque no demos nuestro consentimiento implícito y/o explícito a dicho acuerdo, sí aceptamos el estado de las cosas que se daría en caso de que todos pudiéramos firmar el contrato social. Sin embargo, existen problemas evidentes a la hora de poner a todos los individuos de acuerdo acerca de ese estado de las cosas, además, no es moralmente aceptable obligar a alguien a comportarse de una determinada manera, por muy beneficioso que fuera para todas las partes.

Por tanto, si no se puede aceptar el contrato social, y es imposible llegar a una aproximación del mismo a través de un estado de las cosas aceptado por todo el mundo, ¿puede la mayoría (la democracia) dar legitimidad a la autoridad política?

La autoridad de la democracia

El acuerdo unánime dentro de una sociedad es imposible pero, ¿puede la mayoría conferir autoridad al Gobierno? A priori, desde luego que no, a saber, la voluntad de una mayoría no genera por sí sola un derecho a coaccionar a una minoría, esto es, no todo acuerdo que alcance la mayoría es moralmente aceptable, por lo que la democracia no es un fin en sí misma, sino un medio para alcanzar acuerdos en la sociedad y, probablemente, en los países más desarrollados del mundo se use tal sistema porque es el menos malo de todos los sistemas conocidos.

Pero, ¿por qué no todo acuerdo de la mayoría es legítimo? Pensemos en un grupo de amigos que van a cenar y todos deciden que tu deberías pagar toda la cuenta, ¿estaríamos obligados a hacerlo?, no, ¿verdad? A uno no le deberían obligar a realizar actos que violan su esfera de derechos y libertades.

Este último ejemplo, en palabras de Michael Huemer, pone la carga de la prueba en los defensores de la democracia, teniendo que “identificar algunas circunstancias especiales que aplican al gobierno y explicar por qué la mayoría dota de una justificación adecuada para la coacción”.

De esta manera, algunos autores alaban la democracia por el propio proceso de toma de decisiones, en concreto, enfatizan el ideal de democracia deliberativa, debido a que:

  1. Los participantes consideran que su deliberación se realizará de forma libre de restricciones por parte de normas anteriores.
  2. Los participantes ofrecen razones para apoyar sus propuestas, con la (correcta) expectativa de que esas razones, por sí solas, determinarán el destino de sus propuestas.
  3. Cada participante tiene voz por igual.
  4. La deliberación aspira al consenso, y si no se logra, al menos esta finalizará con una votación.

Pero, según indica Michael Huemer, estas cuatro características de la democracia deliberativa no son observadas:

  1. Sí existen limitaciones más allá de los resultados de la deliberación pública. Por ejemplo, algunos creen en requisitos morales ordenados por un ente divino, otros se creen limitados por una constitución establecida hace mucho; esto es, los participantes no son una tabla rasa sin prejuicios acerca de lo que se acuerda en el proceso de deliberación.
  2. Nadie está obligado a manifestar sus opiniones o razones para promover ciertas propuestas políticas, es más, la calidad de los razonamientos no garantiza el éxito en el proceso deliberativo, puesto que la retórica y los intereses propios para usar el poder estatal en beneficio propio influyen en la toma de decisiones.
  3. Existen grupos cuya voz es más poderosa: periodistas, académicos, escritores, políticos… Quien tiene dinero puede comprar publicidad, y quien tiene el poder político puede usar los medios de comunicación públicos a su antojo.
  4. Existen ciertos temas en los que encontrar un consenso es sumamente difícil (legalización del aborto, control de las armas…), por lo que puede llevar a los participantes a renunciar a llegar a tal consenso y simplemente se dedican a defender su posición, sin más.

Pero, además, supongamos que efectivamente se cumplen las cuatro características de la democracia deliberativa en el caso de la cena de amigos, y a pesar de haber participado en el proceso deliberativo, se vuelve a acordar que tu pagues toda la cuenta, ¿estarían de esta manera todos tus amigos autorizados a obligarte a pagar mediante amenazas de violencia? No, porque tal como indicamos antes, tienes el derecho a gastarte tu dinero de la manera que quieras y el derecho a no ser sometido a coacción perjudicial. Un acto deliberativo puede anular los derechos prima facie de los individuos, pero no puede eliminarlos —debe haber un acuerdo previo para hacerlo).

Pero quizás, la democracia se puede defender en base a razones de igualdad, es decir, en base a la “obligación de tratar a otros miembros de nuestra sociedad  como iguales”, lo que “requiere respetar las decisiones democráticas”. Los argumentos básicos de esta postura han sido defendidos por Thomas Christiano en base a tres premisas:

  1. Los individuos están obligados a tratar a los miembros de su sociedad como iguales.
  2. Para tratar a los demás como iguales y no como inferiores, uno debe obedecer las leyes democráticas.
  3. Por consiguiente, los individuos están obligados a obedecer las leyes democráticas.

¿Por qué los individuos están obligados a tratar a los miembros de su sociedad como iguales?

  1. La justicia requiere dar a cada persona lo debido y tratar casos similares por igual.
  2. Todos los miembros de la sociedad en la que uno se encuentra tienen el mismo status moral.
  3. Por consiguiente, la justicia requiere tratar a otros miembros de una sociedad como iguales.

¿Qué razones puede haber para obedecer las leyes democráticas para tratar a los demás como iguales?

  1. Desobedecer una ley democrática es poner el propio criterio por encima del criterio del resto de miembros de la sociedad.
  2. Poner el propio criterio por encima del de otros es tratarlos como inferiores.
  3. Por consiguiente, desobedecer una ley democrática es tratar al resto de miembros de la sociedad como inferiores.
  4. Tratar a los demás como iguales requiere apoyar la igual promoción de sus intereses.
  5. La democracia es crucial para la igual promoción de los intereses de las personas.
  6. Para apoyar la democracia, uno debe obedecer las leyes democráticas.
  7. Por consiguiente, tratar a los demás como iguales requiere obedecer las leyes democráticas.

Sin embargo, estos argumentos, según Michale Huemer, son “absurdamente exigentes”, puesto que el simple hecho de gastarse 50 euros conllevaría a que mis intereses estarían avanzando más que el de los otros, por lo que debería gastar esos 50 euros en algo que beneficie a todos, o, al menos, a repartir el dinero entre los menos afortunados que la media.

Es cierto que quizás estos principios no deban promoverse de forma individual, sino a través de instituciones, sin embargo, “si a otras personas se les debe una igual promoción de sus intereses, entonces parece que, para actuar de manera justa, debo promover sus intereses por igual, si por el contrario, al resto de personas no se les debe dar una promoción igual de sus intereses, entonces parece que no hace falta que apoye la igual promoción de los intereses de otros, ya sea través de instituciones sociales o en cualquier otra esfera de acción”; puesto que todo ello se rige por el principio de justicia por el cual debemos dar a los demás lo que se les debe y tratar casos similares de manera similar.

Ahora bien, puede haber una limitación prima facie de promover por igual el avance de los intereses del resto de individuos: mis razones prudenciales para usar recursos para mi propio beneficio suelen pesar más, en cambio, el Gobierno debe dedicarse exhaustivamente a la tarea de la promoción equitativa de los intereses de los ciudadanos, porque no tiene razones prudenciales genuinas. Sin embargo, esto presentar ciertas dudas:

  1. Imaginemos que ya hemos donado mucho dinero a lo largo del año y me encuentro con 50 euros, que puedo gastar en mi mismo o en el resto de la sociedad, pero como ya he donado bastante a lo largo del año, los gasto en mi. Los partidarios de la autoridad democrática establecerían este caso como permisible: para evitar en la teoría de la ética absurdamente existente, mis razones prudenciales prevalecen sobre el deber de promover el igual avance de los intereses de otros.
  2. Tomemos el mismo caso, pero ahora, en vez de donar los 50 euros, debemos pagarlos en impuestos, en este caso, tras haber pagado muchos tributos al fisco, decido eludirlos, sabiendo que no habrá consecuencias legales. En ese segundo caso, mi acción no sería permisible, aunque mis razones prudenciales sean tan fuertes como las del primer caso, y puede que donar 50 euros directamente haga más por el avance de los intereses de las personas que pagar 50 euros al Gobierno.

Podría argumentarse que el Estado es más eficiente y eficaz por ser más grande que cualquier organización caritativa, pero, ¿y si es el Estado pequeño e ineficiente y la ONG grande y eficiente? Es probable que se seguiría sosteniendo la defensa del pago de 50 euros al fisco, además, mis 50 euros son marginales, por lo que los efectos que tienen sobre la eficacia son mínimos.

Pero aún existiendo una obligación para procurar el igual avance de los intereses de las personas, no está claro qué significa exactamente esto: para muchos puede ser que se igualen los recursos negativos, para otros, simplemente dar voz por igual en el proceso político. La igualdad tiene muchas dimensiones, por lo que es difícil acordar qué igualdad se marca como objetivo y de qué manera se logra; alcanzar un acuerdo unánime es difícil.

Por otro lado, el principio moral que prohíbe tratar al resto como inferiores genera ciertas obligaciones que descartan la legitimidad política; por ejemplo, vas a tomar unas copas con unos amigos y estos acuerdan que tú pagues, pero te niegas, por lo que ellos te amenazan con encerrarte en una habitación, porque no estás respetando su voluntad, esto es, estás anteponiendo tus interés al del grupo. Nótese que en este caso —muy habitual en muchas leyes que autorizan este tipo de coacción—, es la mayoría la culpable de tratarnos de manera inferior, puesto que son ellos los que se posicionan como superiores al usar amenazas de castigo y fuerza física para obtener tu cooperación.

“En este caso, el principio es que la justicia nos prohíbe tratar a otros como inferiores. Si eso muestra la existencia de una obligación de acatar las leyes democráticas, también muestra de forma mucho más clara la ilegitimidad de muchas de esas leyes en primer lugar. Ya que la autoridad política requiere tanto obligación como legitimidad políticas, parece que la autoridad política es imposible”.

Aunque la carga de invitar al resto de tus amigos se repartiera entre los que más recursos tuvieran, no cambiaría nada, puesto que “uno debe acatar una decisión democrática independientemente de si esa decisión es justa en si misma. Es por eso que es perfectamente apropiado considerar un hipotético en el que la mayoría vota a favor de un plan inequitativo o injusto, como en el caso de la cuenta del bar”.

  1. Pero ahora supongamos que, efectivamente, la obligación política está justificada, ¿esto permitiría al Estado a imponer normas de forma coercitiva a la sociedad (legitimidad política)? Esto es, el derecho a gobernar es el derecho a la coacción, y la justificación vendría dada por:
  2. Si la justicia requiere (prohíbe) a una persona a hacer A, entonces es permisible coaccionara aquella persona a hacer (o no hacer) A.
  3. La justicia requiere la obediencia a las leyes democráticas.Por consiguiente, es permisible coaccionara a una persona a obedecer las leyes democráticas.

La coacción puede usarse en ciertas ocasiones para inducir a una persona a hacer lo que la justicia requiere o prevenir una injusticia, por ejemplo, para evitar que una persona dañe a otra. Sin embargo, considerando la obligación de dar igual respeto al juicio de otras personas y la obligación de promover el igual avance de los intereses de las personas, ¿pueden ser acatadas a través de la coacción? Por ejemplo, si mis amigos valoran positivamente la gestión de Donald Trump, mientras que yo afirmo que es un necio y me tapo los oídos para no escuchar sus opiniones, no estoy respetando a mis amigos y les estoy tratando como inferiores, ¿justificaría esto el usar la fuerza física para imponer algún castigo?

En otro ejemplo, supongamos que una ONG está trabajando para instaurar la democracia en un nuevo país, pero yo rechazo donar dinero a dicha ONG. Se podría decir que he fracasado en contribuir a la igual promoción de los intereses de las personas y he fracaso en ayudar a generar instituciones democráticas pero, ¿esto me hace un objetivo de amenazas de violencia?

“No es apropiado hacer respetar toda obligación a través de la coacción. Los ejemplos anteriores sugieren que la obligación de tratar a otros como iguales a través de respetar sus opiniones y la obligación de contribuir a la igual promoción de los intereses de las personas a través de promover la democracia no son obligaciones que uno debería hacer cumplir a través de la coacción. Ya sea que estas no son obligaciones de justicia, o algunas obligaciones de justicia no se deberían hacer cumplir de forma coercitiva. En cualquier caso, el argumento para la legitimidad fracasa”.

En definitiva, la democracia, aunque pueda ser superior al resto de formas de gobierno, no soluciona el problema de la autoridad política. El simple hecho de que una norma crea obligaciones políticas no justifica imponer esa norma al resto a través de la fuerza, puesto que eso haría tratar como inferiores a los disidentes —incumpliendo uno de los principios en los que se fundamenta la democracia—. Además, de la democracia se pueden derivar obligaciones políticas absurdamente exigentes en pro de la igualdad: “al final, la autorización democrática no puede justificar ni la obligación de obedecer la ley ni el derecho a imponer la ley por la fuerza a los disidentes”.

3 Comentarios

  1. “al final, la autorización
    “al final, la autorización democrática no puede justificar ni la obligación de obedecer la ley ni el derecho a imponer la ley por la fuerza a los disidentes”. Michael Huemer y Hoppe dicen la misma verdad : «Democracy the god that failed»

    • Nadie ni nada puede imponer
      Nadie ni nada puede imponer al individuo ninguna norma particular y concreta. Cualquier individuo puede exigir respeto a la norma general y abstracta o principio de no agresión. Cuando hablamos de ley hay que aclarar de qué hablamos

  2. Dice el sinvergüenza de
    Dice el sinvergüenza de Thomas Christiano que para tratar a los demás como iguales hay que obedecerles. No, eso claramente es tratarlos como superiores.


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