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La ética de la libertad y el cambio climático (1): Libertad, propiedad y agresión

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Una ética normativa con reglas universales, simétricas y funcionales está basada en el principio fundamental del derecho de propiedad. La ética de la libertad y los derechos de propiedad es la ley natural, el sistema de normas adecuadas a la naturaleza humana que permite el desarrollo y la convivencia social armoniosa y pacífica evitando, minimizando o resolviendo los conflictos tanto como sea humanamente posible.

La propiedad es el dominio de decisión legítima por el dueño, el espacio en el cual cada persona es libre de actuar según sus preferencias sin interferencia violenta de otros, cuyas valoraciones al respecto son éticamente irrelevantes. Todas las acciones pacíficas realizadas por el dueño en su propiedad están permitidas, y ninguna acción es obligatoria (no hay deberes positivos naturales). El derecho de propiedad es un derecho negativo de no interferencia. Los seres humanos no tienen derechos naturales positivos que impliquen que otros deben hacer algo por ellos, y no existen los deberes naturales hacia otros (pasados, presentes o futuros). Los derechos y deberes positivos surgen mediante contratos.

La libertad no significa una absoluta ausencia de restricciones: mi libertad termina donde comienza la libertad de los demás; mi propiedad es finita y limitada por la propiedad de otros. La libertad y el derecho de propiedad son equivalentes al principio de no agresión: el inicio del uso de la fuerza no es legítimo; la fuerza sólo puede ser usada para la defensa y el establecimiento de justicia. La agresión, la invasión de la propiedad de otros sin su consentimiento, está prohibida. El agresor debe reparar los daños y compensar a la víctima.

La agresión no es solamente la noción estrecha de violencia criminal realizada por una persona contra otra y sus posesiones (asesinato, asalto, daños físicos, violación, rapto, robo). La agresión en un sentido abstracto es cualquier interferencia física perjudicial suficientemente intensa o nociva causada por una persona o sus posesiones sobre la propiedad de otros.

La propiedad, ser el dueño de algo, no es siempre buena: la propiedad no implica solamente el derecho de usar y disfrutar medios para la acción. La propiedad puede ser mala: el dueño es responsable por los daños que sus acciones y sus posesiones pudieran causar a otros (intencionados o no intencionados, conocidos o desconocidos, previstos o imprevistos). Toda acción implica la producción de residuos no deseados o desechos de los cuales el propietario debe hacerse cargo para que no dañen a otros.

Todas las cosas reales están interconectadas de forma directa o indirecta mediante fuerzas fundamentales, de modo que un cambio en una entidad causa algún efecto, grande o pequeño, sobre otras entidades. Pero las normas éticas se refieren solamente a cambios y efectos causados por la acción humana que puedan dañar a otros y originar conflictos. Estas interacciones pueden involucrar materia (sólidos, líquidos, gases; partículas macroscópicas o microscópicas), energía (calor, ondas electromagnéticas, ondas de presión) o alteraciones de condiciones ambientales naturales (fenómenos como luminosidad, presión, temperatura, vientos, humedad). Los efectos pueden ser más o menos fuertes o débiles, concentrados o difusos, directos o indirectos, locales o globales, frecuentes o infrecuentes, acumulativos o no acumulativos, instantáneos o retrasados, temporales o permanentes.

Debido a las limitaciones de la mente humana, la realidad se estudia a menudo de modo simplificado como si fuera simple y lineal: pero la naturaleza es de hecho una compleja red de entidades y relaciones. Una causa puede tener múltiples efectos sobre diferentes personas, algunos positivos y otros negativos. Un efecto puede tener múltiples causas, naturales o artificiales, por una persona o por muchas personas haciendo lo mismo (respirar) o realizando acciones complementarias (construir y conducir vehículos, producir y consumir energía). En sistemas caóticos no lineales pequeñas causas pueden tener grandes efectos (debido a amplificadores, desestabilizadores, o bucles de realimentación positiva), pero también grandes causas pueden tener pequeños efectos (debido a amortiguadores, estabilizadores, bucles de realimentación negativa).

Para ser calificados como agresiones, los eventos reales deben como mínimo ser detectables físicamente, perceptibles psicológicamente y relevantes para las preferencias humanas. Las condiciones reales objetivas no constituyen automáticamente problemas. Son las valoraciones humanas las que perciben las situaciones como oportunidades o amenazas, beneficios o perjuicios, bienes o males. Y es la posible incompatibilidad de las preferencias humanas subjetivas lo que origina los conflictos: lo que a uno le gusta puede disgustar a otro.

Los contenidos específicos de la noción de agresión son en cierto modo abiertos y debatibles; no es un concepto con límites abruptos, es parcialmente difuso y arbitrario. No puede ser completamente determinado mediante la deducción utilizando la razón pura, depende de costumbres, tradiciones, convenciones (bloquear la luz solar, luces de alta intensidad, sonidos a alto volumen, contaminantes). Algunos criterios objetivos pueden ser utilizados para determinar si un evento es considerado adecuadamente como agresión o no: intensidad, relación directa, extensión, duración, acumulación.

Una ética de la libertad funcional necesita incluir principios de responsabilidad y reglas de legítima defensa. Los principios de justicia tradicionales y sensatos imputan la carga de la prueba de la agresión al acusador, quien debe demostrar más allá de una duda razonable la culpabilidad del acusado. No es el acusado quien debe probar su inocencia (si así fuera, toda persona debería disponer de pruebas de inocencia para cualquier acción y momento de su vida, ya que siempre podría ser acusado de algo). La defensa legítima puede ser invocada por el receptor actual o posible de los efectos de una acción si hay peligro demostrable claro y presente, y no simplemente si alguien no puede asegurar completamente que no es así. La defensa se vuelve ilegítima (se transforma en agresión) si no puede ser demostrado que existe riesgo de daño real.

El principio de precaución propuesto por muchos ecologistas exige que el iniciador de una actividad demuestre su completa inocuidad, y el Gobierno no necesita demostrar daño probable para detenerla. Probar que algo es absolutamente inocuo es impracticable en ámbitos novedosos, donde el aprendizaje se realiza mediante ensayos y errores, y por lo tanto este principio paralizaría la innovación. La adquisición de conocimiento de costosa y el conocimiento pleno es imposible.

La noción de agresión se basa en las consecuencias o resultados de acciones (los efectos reales en el mundo), y no en el conocimiento o las intenciones de los agentes. Los sentimientos morales instintivos tienden a excusar o reducir la responsabilidad si no hay intencionalidad o si los daños son efectos secundarios imprevistos: esto es en parte así porque los sentimientos morales evolucionaron como instintos genéticos en tiempos remotos cuando los ancestros humanos tenían poca capacidad de acción. Pero con la acumulación de capital y tecnología es necesario exigir el uso responsable de herramientas potentes, y advertir a las personas de que su ignorancia o falta de previsión no les excusará por los daños que puedan provocar. Este tipo de normas proporciona incentivos a los agentes para considerar plenamente todas las posibles consecuencias de sus actos, y no sólo aquellas que pretenden conseguir, ya que serán juzgados según los efectos reales de sus acciones.

Los derechos de propiedad funcionan muy bien cuando la realidad es fácilmente separable, cuando los efectos de las acciones son directos, locales, concentrados y recaen principalmente sobre el propietario y sus posesiones y eventualmente sobre otras personas adyacentes fáciles de identificar. Pero los elementos de la realidad a menudo están entrelazados de formas enredadas. Los objetos sólidos macroscópicos tienden a permanecer en sus posiciones estables; pero los fluidos (líquidos y especialmente gases) tienden a moverse, y los fotones y la energía térmica tienden a fluir, se esparcen y cruzan barreras legales si no son detenidos por alguna barrera física.

Las externalidades son efectos de acciones de un agente sobre la propiedad de otros; pueden ser positivas (como los regalos, no prohibidos ni obligatorios) o negativas. Una agresión es una externalidad negativa. Las externalidades negativas difusas son problemáticas y difíciles de regular. Muchas víctimas podrían sufrir una molestia o pérdida muy pequeña por las acciones de un agente: podría parecer ridículo considerar ilegítimas las acciones que producen efectos tan pequeños y sería muy costoso para cada una de las víctimas exigir al agente que pare o les compense. Las externalidades pueden hacerse importantes por los efectos acumulativos y persistentes de pequeñas acciones de muchos agentes. En una agresión clara es posible y relativamente fácil determinar quién está haciendo qué a quién, a quién se debe parar o quién debe compensar a quién por qué. En las externalidades difusas puede ser muy difícil determinar y conectar agentes, acciones, efectos y receptores de efectos.

Como las agresiones implican daños, podría considerarse ingenuamente que es mejor tratarlas como un concepto muy inclusivo, para evitar muchas pérdidas. Pero asumir que algo es una agresión y prohibirlo tiene consecuencias que podrían ser peores que simplemente tolerarlo. Cuantas más acciones sean consideradas acciones ilegítimas, más uso de la fuerza queda justificado. Los costes del sistema necesario para detectar y castigar a los agresores y compensar a las víctimas podrían exceder a sus beneficios (siempre teniendo en cuenta que es extremadamente problemático realizar comparaciones interpersonales de utilidad y adiciones o sustracciones de utilidad o análisis de costes y beneficios sociales). Podría ser mejor aprender a vivir con algunas realidades cambiantes, adaptarse a ellas, que intentar evitarlas. Especialmente porque los seres humanos son buenos en la adaptación, mediante la cual han colonizado la mayor parte del planeta con condiciones ambientales muy diferentes.

Otorgar automáticamente al Estado la responsabilidad de ocuparse de externalidades negativas difusas puede ser un error inmenso. El Estado es el monopolio de la jurisdicción y la violencia, y es a menudo ilegítimo (dictadores, o incluso líderes democráticos para los anarquistas), muy ineficiente y posiblemente corrupto (falta de motivación o incentivos y falta de conocimiento o imposibilidad del socialismo, teoría de la elección pública).

Lo que a menudo se conoce como fallo de mercado es usualmente sólo el resultado de una determinación inadecuada de los derechos de propiedad. Los mercados nunca son perfectos por los seres humanos tienen capacidades limitadas; quienes proponen que el Estado arregle presuntos problemas que los individuos no pueden resolver libremente parecen olvidar que el Estado está formado por seres humanos, y quizás no los mejores (los burócratas no son ángeles desinteresados, y los peores podrían alcanzar las cimas del poder).

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