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Simplificación normativa

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A la hora de emprender un negocio muchas son las preocupaciones que inquietan a los responsables del mismo. Toda labor emprendedora parte de una apuesta que realiza una o varias personas basándose en una idea. De alguna manera creen que es posible producir un bien o prestar un servicio que hasta dicho momento nadie lo había hecho, o de una manera superior a la de sus posibles competidores.

La mayor parte de estos emprendedores no tienen una formación extensa en leyes, ya que su conocimiento suele estar más centrado en la actividad sobre la que desea emprender el negocio, y no sobre los distintos aspectos legales que puedan afectar a la misma. Por tanto, la mayor parte de su esfuerzo va a ir enfocado a su actividad productiva, y a la búsqueda de posibles clientes que estén interesados en la misma.

Junto con este desarrollo de la actividad productiva y el contacto con el cliente, el emprendedor tiene otra serie de ocupaciones, como la búsqueda de personal, o de financiación para el proyecto.

Sin embargo, uno de los aspectos que más suele preocupar a los emprendedores son los requisitos legales que suelen existir a la hora de desarrollar la actividad, ya que muchas veces no existe relación aparente entre la actividad en cuestión y los requisitos legales a los que está sometida.

Antes de que un emprendedor inicie una actividad en España, sea cual sea ésta, ha de realizar diversos trámites ante la administración tributaria, notarías, el registro mercantil, la Seguridad Social y la concejalía de urbanismo del ayuntamiento donde se desarrolle la misma. Si se tratase de una actividad sometida a una legislación específica los trámites se complican aún más.

No obstante los trámites legales no acaban con el inicio de la actividad, sino que a lo largo de todo su desarrollo estarán presentes e incluso se incrementará el número de administraciones con las que el empresario deberá tener contacto.

Todos estos trámites tienen un coste para el empresario, ya que le suponen un gasto en asesores y en dedicación de tiempo. Además, el desconocimiento de las mismas puede llevarle a cometer errores con sus correspondientes sanciones.

Puesto que la actividad principal del emprendedor no debe ser la cumplimentación de trámites sino el desarrollo de la actividad de su negocio y la satisfacción del cliente, lo ideal sería que éstos fuesen lo más simples posibles, de tal manera que éste pueda dedicar todo su esfuerzo en el negocio. No obstante, no siempre sucede así, llegándose a duplicar muchas veces los trámites que hay que realizar, al tener que proporcionar la misma información ante administraciones distintas y de manera no siempre sencilla.

Una legislación simple, de fácil comprensión y tramitación evitaría al emprendedor cometer distintos errores ante las administraciones públicas, facilitaría su cumplimentación y aumentaría la seguridad jurídica al ser más comprensible. Además, podría dedicar una proporción mayor de su tiempo a los aspectos esenciales de su actividad, como la satisfacción del cliente, que es quien le proporciona los ingresos.

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