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Consecuencias no previstas: La Iglesia y el capitalismo

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La propiedad, el derecho mercantil, el individualismo… son valores e instituciones que han posibilitado, facilitado y en última instancia favorecido la aparición del capitalismo. Pero ¿cómo aparecieron en nuestra sociedad pasada? Deepak Lal, especialista en desarrollo económico, propone dos momentos en la historia de Occidente o, más bien, de la Cristiandad, que han sido decisivos a este respecto. Dos momentos que no crearon estas instituciones, pero que favorecieron su desarrollo. Ambos recogidos de otros autores, los dos referidos a cambios impuestos por la Iglesia, y los dos también obrados por sendos papas de nombre Gregorio.

El primero de ellos es Gregorio I, el Grande. Nada más ocupar el arzobispado de Canterbury, en 597, San Agustín (no confundir con el de Hipona), le envió un cuestionario al Papa con nueve preguntas. Cinco de ellas se referían a cuestiones familiares. Y su respuesta tuvo consecuencias que han durado hasta la generación de nuestros abuelos e incluso de nuestros padres. En gran parte, esas consecuencias forman parte del modo como vemos la vida.

La cita a Jack Goody en su libro The Development of the Family and Marriage in Europe. En él dice que los usos tradicionales respecto de la familia «permitían e incluso favorecían las prácticas de, en primer lugar, casarse con parientes cercanos. En segundo lugar, casarse con viudas que sean parientes cercanas (probablemente por herencia, del cual el levirato era su forma más extrema). En tercer lugar, la transferencia de niños por medio de la adopción. Y, finalmente, el concubinato, una forma de unión secundaria». Gregorio prohibió las cuatro prácticas en su respuesta. Una prohibición que, según Goody, no está basada en las Sagradas Escrituras. Tampoco tiene el respaldo del derecho (romano), ni de la moral, es decir, de la costumbre.

«Combinadas con el mandato contra el divorcio, que se retrotrae a las palabras de Cristo en Mateo 19:3-9, todas las prácticas rechazadas tenían un aspecto en común», nos dice Deepak Lal: «Se referían a las estrategias de la herencia: la herencia de la propiedad familiar, la provisión de un heredero, y el mantenimiento del estatus en una sociedad agrícola muy estratificada». Unos usos que solucionaban el problema de la herencia. Al prohibirlos, la Iglesia llevó a una situación en la que «un 40 por ciento de las familias quedarán sin ningún heredero varón inmediato», dice Goody. De esta nueva situación había una clara beneficiaria: la propia Iglesia, que heredaba muchas de las propiedades que, de otro modo, se distribuirían entre otras personas cercanas a las fallecidas, por las antiguas estrategias familiares.

Una consecuencia de este cambio fue que los matrimonios se retrasasen, que los solteros trabajasen fuera del ámbito del hogar, y no dentro, y que con la creación de un nuevo matrimonio se crease un nuevo hogar. Todo ello favoreció el control de la natalidad lo que, a su vez, favoreció que Europa escapase de la trampa maltusiana antes que otras sociedades (Rusia, India, China).

Otra fue que la riqueza que llegó a atesorar la Iglesia fue fenomenal. Despertaba envidias, y su propiedad era el objeto de deseo de señores y reyes. Pero entonces se produjo una segunda revolución, en el derecho detallada por Harold Berman en Law and Revolution. El cambio partió del ámbito religioso y político, que en aquella época (siglo XI) no estaban deslindados.

Gregorio VII, según John Julius Norwich, «a lo largo de su vida se guió por un ideal: la sujeción de toda la Cristiandad, de los emperadores abajo, a la autoridad de la Iglesia de Roma». Lo hizo con 27 proposiciones que se conocen como Dictatus papae y que, entre otras cosas, decían que todos los Papas heredaban la santidad de Pedro, que sólo él puede nombrar a los príncipes de la Iglesia, que sólo él puede declarar canónico un texto, o que tenía la facultad de deponer a cualquier rey o emperador. De hecho le echó un pulso a Enrique IV, que el titular del Sacro Imperio Romano acabó perdiendo. Gregorio VII declaró nula cualquier obligación de los súbditos hacia Enrique, e incluso amenazó con cualquiera que siguiera manteniendo ese vínculo con él con la excomunión. «Si se hubiera observado por completo» esta prohibición, señala Norwich, «el gobierno de Enrique se desintegraría en consecuencia, y sería incapaz de mantenerse en el trono». Los príncipes le dieron a Enrique un año y un día para lograr la absolución papal, y amenazaron con elegir otro emperador si no la conseguía.

De forma paralela, Gregorio VII impulsó el desarrollo de una rama del derecho que facilitase la producción y el comercio y que, en consecuencia, enriqueciese aún más a la Iglesia. La institución, que se había puesto por encima del César, podía hacer dos cosas. Por un lado intervenir en la evolución del Derecho, y por otro extender esos cambios a todo el ámbito cubierto por su manto, dado que acababa de asentar su autoridad sobre todos los demás.

Según la tesis de Berman, «la Iglesia-Estado», que fue el resultado de los cambios impuestos por Gregorio VII, «fijaron el ejemplo para la ciudad-Estado» medieval, «y el derecho canónico fijó el ejemplo para el derecho de las ciudades, y para el derecho comercial». El derecho comercial, en suma, se desarrolló indirectamente a partir de los cambios impuestos por el Papa a finales del siglo XI. Y ese derecho mercantil, que se desarrolló en los siguientes tres siglos, alumbró la creación de numerosas instituciones propias del capitalismo: de los títulos de crédito a las hipotecas sobre bienes muebles, del derecho concursal a los instrumentos de crédito; de la societas del Derecho Romano a la responsabilidad limitada.

En definitiva, que la historia tiene algo de accidente, y de resultado no previsto de acciones que están encaminadas al provecho propio.

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