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Derecho al olvido… de la libertad

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La historia de un ciudadano español, enfrentado a Google ante el Tribunal de Justicia Europeo para que el buscador respete su ‘derecho al olvido’, ha ocupado, a la espera de que se dicte sentencia, numerosos espacios en medios de comunicación tanto españoles como extranjeros. Tal como se ha presentado en casi todas las ocasiones, tiene todos los elementos para hacer sentir la simpatía por el ciudadano que ve como un gigante empresarial pisotea sus derechos y decide, cual moderno David frente a Goliat, hacer frente en solitario al todopoderoso sin más arma que su dignidad y su sentido de la justicia.

Sin embargo, las cosas no son tan simples. Mario Costeja González, nuestro protagonista, no es un héroe solitario. En su enfrentamiento con Google tiene de su lado ni más ni menos que a la maquinaria del Estado. En concreto, acude ante los tribunales europeos apoyado por la Agencia de Protección de Datos. Segundo, Google es una empresa gigantesca, pero dista mucho de ser todopoderosa. Ya hemos visto como, por ejemplo, en Francia se doblegaba ante la actuación de un François Hollande que actuaba como un vulgar matón al servicio de la prensa de su país.

Y, en tercer lugar, no puede asegurarse de forma contundente que el derecho pisoteado sea tal. Es más, su implementación puede suponer riesgos reales para la libertad de expresión y para el propio funcionamiento de internet tal y como lo conocemos.

Costeja González (divorciado y parece ser que sin deudas pendientes) dice en una entrevista: «Según Google, sigo siendo deudor y casado». Reconozcamos que la frase es impactante, buena para un titular periodístico, pero no responde a la realidad. Lo único que hace el buscador es ofrecer, entre muchos otros, un enlace a una página de un periódico de hace 15 años en la que él aparecía con esa condición. A nuestro protagonista le molesta que eso se pueda encontrar con cierta facilidad en la red, es comprensible, pero su pretensión de que Google deje de indexar por orden judicial el contenido en cuestión puede tener serias consecuencias.

En un plano general, puede afectar al propio funcionamiento de los buscadores (Google y otros), uno de los elementos fundamentales de internet. Si Google es obligada a dejar de enlazar los contenidos que pide el demandante, se abre la puerta a un escenario tremendo: todo aquel que sienta que le perjudica un resultado de búsqueda que haga referencia al pasado, pasará a reclamar la desaparición de dicho resultado. Si los periódicos en su día informaron de la condena a un terrorista, por ejemplo, este último podría (una vez cumplida su pena) reclamar su ‘derecho al olvido’ y obligar a bloquear cualquier resultado que lleve a una noticia sobre la sentencia que se le impuso.

También habría reclamaciones menores, como las referidas a multas de tráfico u otras sanciones administrativas que hayan aparecido en un boletín oficial. Si se multiplican unas y otras, los buscadores terminarían eliminando por defecto miles de resultados de búsqueda para así evitarse posibles problemas.

Pero hay más problemas. Uno especialmente importante es el referido a la libertad de expresión. Impedir, por orden de los poderes públicos, que los ciudadanos accedan a un contenido determinado es una forma de censura. Se nos dirá que no se pretende imponer que los periódicos borren los contenidos de sus páginas, por lo que dicha libertad de expresión no se vería afectada. Sin embargo, el efecto sería casi el mismo, puesto que para muchas personas sería imposible o casi imposible acceder a esos contenidos. La censura no es necesariamente destruir unos textos, imágenes o sonidos; basta con impedir que lleguen al público.

Y, una vez que se establece un antecedente, se abre toda una gama de posibilidades. Tras obligar a los grandes motores de búsqueda a eliminar resultados, ¿por qué no hacer lo mismo en los buscadores internos de periódicos y otras páginas? Y si enlazar a un contenido referido al pasado atenta contra el supuesto ‘derecho al olvido’, ¿publicar en un texto nuevo que alguien fue multado o condenado hace quince años no lo haría también? ¿Prohibimos entonces cualquier texto o material audiovisual que haga referencia al pasado? Sería la amnesia impuesta desde el Estado o el Supraestado Europeo. Una amnesia totalmente liberticida.

Para terminar, una última reflexión. Si lo que desea el demandante es que no se indexe un contenido concreto, tal vez debería haber acudido –no sabemos si lo hizo– al periódico que lo publicó. Para los responsables del medio sería muy fácil impedir que se indexara, bastaría con introducir un mínimo cambio en el código de la página afectada.

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